Corte Nacional: No todos los depósitos bancarios son ingresos gravados
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Un fallo de la Corte Nacional de Justicia cambia las reglas del juego para contribuyentes: los depósitos bancarios ya no serán considerados ingresos gravados de forma automática por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Ahora, la administración tributaria deberá probar el origen y propósito de cada transacción antes de aplicar impuestos.
Para miles de ecuatorianos, especialmente pequeños comerciantes y profesionales independientes, esto significa que no todo ingreso que llegue a su cuenta bancaria será interpretado como ganancia sujeta a impuesto. Si el dinero proviene de préstamos, transferencias entre familiares o devoluciones, no debería ser gravado sin una investigación previa.
¿Qué cambia con esta aclaración?
- Presunción de legalidad: El SRI no podrá presumir que todo depósito es ingreso gravado; debe demostrar que hubo un incremento patrimonial no justificado.
- Carga de la prueba: Recae en el fisco, no en el contribuyente. Usted ya no tiene que justificar cada depósito de antemano, solo si el SRI inicia un proceso.
- Protección al contribuyente: Se evitan liquidaciones arbitrarias basadas en meros movimientos bancarios, protegiendo a quienes reciben transferencias por motivos no comerciales.
Lo que viene ahora
Expertos recomiendan mantener una contabilidad clara de los depósitos y sus orígenes, por si el SRI los cuestiona. Aunque la carga probatoria cambia, una buena organización financiera sigue siendo la mejor defensa. La Corte deja claro que el sistema tributario debe ser justo: no se puede castigar a un ciudadano por el simple hecho de tener actividad bancaria.
Este fallo es un respiro para quienes dependen de transferencias cotidianas sin ánimo de lucro, pero exige al SRI actuar con rigurosidad. Usted, como lector de Loja, puede sentirse más protegido, pero no baje la guardia: mantener sus cuentas ordenadas sigue siendo clave.
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