SRI endurece reglas para RIMPE: lo que debes saber si eres pequeño contribuyente
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Desde este mes, el Servicio de Rentas Internas (SRI) actualizó las disposiciones para los contribuyentes del Régimen Simplificado para Emprendedores y Pequeños Negocios (RIMPE). Si eres parte de este grupo, estos cambios te tocan directamente.
Porque el RIMPE agrupa a miles de pequeños comerciantes, artesanos y profesionales en Loja y Ecuador, conocer las nuevas reglas te ayudará a evitar multas y a mantener tu negocio al día.
¿Qué cambió en el RIMPE?
El SRI ajustó aspectos clave del régimen con el objetivo de simplificar el cumplimiento tributario, pero también de endurecer los controles. Estas son las novedades que más te afectan:
- Facturación electrónica obligatoria: todos los contribuyentes RIMPE deben emitir facturas electrónicas, incluso si antes estaban exentos. El plazo para adaptarse vence en 90 días.
- Nuevos topes de ingresos: el límite anual para permanecer en el RIMPE se redujo. Quienes superen el tope deberán migrar al régimen general.
- Sanciones más estrictas: las multas por no presentar declaraciones o por errores en la facturación se incrementaron. El mínimo es de $50 y puede llegar hasta $500.
Lo que viene ahora
El SRI ha anunciado que realizará cruces de información con bancos y tarjetas de crédito para detectar inconsistencias. Por eso, revisa tus ingresos y asegúrate de que tus facturas coincidan con lo declarado.
En resumen: la nueva normativa busca que el RIMPE sea más transparente, pero exige que estés al día. Si tienes dudas, acércate a las oficinas del SRI en Loja o consulta su portal web. No esperes a que llegue una sanción.
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