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Artesano o Rímpe: ¿Cuál régimen fiscal le rinde más a su negocio?

Por Redacción Ahora Loja • Publicado hace 3 meses
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Si usted trabaja por cuenta propia en Loja, seguramente ha escuchado dos palabras: artesano y Rímpe. Ambas son formas de tributar, pero no todas las actividades califican ni ofrecen los mismos beneficios. Elegir mal puede costarle multas o pagar más impuestos de lo necesario.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) tiene reglas claras: los artesanos calificados (con título o acreditación) pueden emitir facturas sin IVA, mientras que quienes tributan en el Régimen Simplificado (Rímpe) deben cobrar IVA y presentar declaraciones mensuales. Si su negocio está en artesanía calificada, el régimen artesanal suele ser más barato. Si no, el Rímpe es su única opción.

Claves para no equivocarse

  • Calificación artesanal: Debe estar inscrito en la Junta Nacional de Defensa del Artesano o tener título de artesano. Si no, no puede acogerse al régimen especial.
  • Límite de ingresos: El Rímpe acepta hasta USD 300.000 anuales (Rímpe Emprendedor) y no exige contabilidad completa. El artesano no tiene tope, pero sí límite de trabajadores (hasta 15 operarios y 5 administrativos).
  • Impuestos: El artesano paga el 1% del IVA retenido y está exento del pago de Impuesto a la Renta (si cumple requisitos). El Rímpe paga una cuota mensual fija según ingresos (0% a 2%) más IVA al 15%.

Lo que viene ahora

El SRI ha anunciado controles para 2025: cruce de datos con el IESS y verificación de calificaciones artesanales. Si usted está en el régimen equivocado, recibirá un aviso y hasta una multa. Para los artesanos no calificados, el Rímpe es la ruta segura. Si su actividad no es artesanal (por ejemplo, servicios técnicos o comercio), no intente acogerse al régimen artesanal.

Antes de decidir, revise su calificación en el portal del SRI y consulte con un contador local. En Loja, la Cámara de Artesanos puede orientarlo. No se arriesgue: el régimen correcto le ahorra plata y dolores de cabeza.

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