Artesano o Rimpe: ¿qué régimen paga menos impuestos?
[ahoraloja_share]
Si usted es artesano o tiene un pequeño negocio, el Servicio de Rentas Internas (SRI) le ofrece dos caminos: el Régimen Simplificado para Emprendedores (Rimpe) o la calificación como artesano. Elegir mal puede costarle cientos de dólares al año.
¿Importa? Claro que sí. En Loja, miles de talleres, tiendas y servicios operan bajo alguna de estas figuras. La decisión afecta el monto que paga cada mes y las obligaciones que debe cumplir. Aquí le mostramos lo que necesita saber para no pagar de más.
Diferencias clave entre artesano y Rimpe
- Límite de ingresos: Artesano calificado no tiene tope máximo; Rimpe solo admite ingresos de hasta $300.000 anuales. Si supera ese monto, pasa al régimen general.
- Impuesto a la Renta: Artesano paga 0% en sus primeros $36.960 de ingresos (fracción básica exenta); Rimpe paga una cuota fija mensual según el nivel de ingresos, que varía entre $5 y $250.
- Obligaciones formales: Artesano debe renovar su calificación cada dos años ante la Junta Nacional de Defensa del Artesano; Rimpe solo requiere inscripción en el RUC y declaraciones simplificadas.
Lo que viene ahora
Antes de decidir, revise su nivel de ventas y si califica como artesano (oficio manual, maquinaria propia o taller). Si sus ingresos son bajos y estables, Rimpe puede ser más sencillo. Si espera crecer o ya supera los $300.000, el régimen artesanal le da más holgura.
Consulte con un contador o acérquese a las oficinas del SRI en Loja. Una decisión informada le ahorrará tiempo y dinero. No deje que el régimen equivocado se convierta en un dolor de cabeza fiscal.
Imagen editorial referencial generada automáticamente para acompañar esta noticia.