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Ventas en redes: ¿qué exige el SRI al emprendedor?

Por Redacción Ahora Loja • Publicado hace 4 meses
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María vende cosméticos por Instagram desde su casa en Loja. Como muchos emprendedores, no sabía que el SRI ya monitorea esas transacciones. Ahora, con la nueva normativa, declarar no es opcional: es obligatorio.

Si tú también vendes por Facebook, WhatsApp o TikTok, este tema te afecta. El SRI exige que cualquier actividad económica, incluso digital, sea reportada. Ignorarlo puede costarte multas que van desde el 5% de tus ingresos no declarados hasta el cierre del negocio.

¿Qué cambió para los vendedores digitales?

Históricamente, las ventas informales en redes eran un área gris. Pero desde 2023, el SRI ha intensificado cruces de información con plataformas de pago digital, bancos y cooperativas. Así que si recibes transferencias o depósitos por tus ventas, el fisco lo sabe.

  • Registro como RISE o RUC: Si vendes de forma habitual (más de 3 veces al año o con fines de lucro), debes inscribirte en el RISE o Régimen General.
  • Facturación electrónica: Desde 2025, todos los emprendedores deben emitir facturas electrónicas por cada venta, incluso en redes.
  • Declaración mensual o semestral: Dependiendo del régimen, deberás presentar declaraciones de IVA e Impuesto a la Renta según tus ingresos.

Lo que viene ahora

El SRI anunció nuevos controles para 2025. Se espera que exijan a las plataformas de redes reportar directamente a los vendedores activos. Además, las multas por no declarar se actualizarán con la inflación. La recomendación de los expertos: regularízate cuanto antes. Puedes hacerlo en línea en la página del SRI, sin necesidad de un contador si tus ingresos son bajos.

No esperes a que te fiscalicen. Declarar tus ventas no solo evita sanciones, sino que también te abre puertas a créditos formales y a crecer con respaldo legal. En Loja, muchos emprendedores ya están dando el paso. Hazlo tú también.

Imagen editorial referencial generada automáticamente para acompañar esta noticia.

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